Tarjetas de crédito, deudas y divorcio

La semana pasada los medios de comunicación se hacían eco de un estudio que evaluaba si la disminución en el número de divorcios se debía a causas económicas producto de la crisis.
En cualquier caso, es conveniente saber que las deudas adquiridas no desaparecen con la disolución del contrato de matrimonio.
Si hay una deuda asumida que es compleja de resolver, son las deudas adquiridas con tarjetas de crédito.
Una vez disuelto el matrimonio, las entidades perseguirán a los titulares por igual para cobrar las deudas pendientes.
Por este motivo le recomendamos que incluya todas las deudas vigentes en el contrato de disolución del vínculo matrimonial.
Las deudas contraídas con las tarjetas de crédito y sus efectos tras la ruptura matrimonial pueden evitarse siguiendo una serie de sencillos consejos:
1.- Cancele todas las tarjetas y cuentas asignadas antes de disolver el vínculo y que las deudas vayan en aumento.
2.- Presente en el juzgado la documentación relativa a las deudas contraídas y el estado en el que estas se encuentran.
3.- Cancelen las posiciones de ahorros e inversiones y destinen esos importes a liquidar las deudas pendientes.
No deje de prestar atención a los asuntos económicos derivados de una ruptura y disolución matrimonial, es la única alternativa para evitar problemas de índole mayor en caso de que uno de los titulares deje de pagar.
Foto: Google
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Etiquetas: deudas, divorcio, tarjetas de crédito















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